viernes, 30 de marzo de 2012

29 M: Éxito o fracaso.

La huelga ha sido un éxito. La huelga ha sido un fracaso. Hoy, el día post-huelga vemos una auténtica guerra de cifras en todos los medios de comunicación, que dependiendo de la ideología de su línea editorial, mostrarán un valor u otro. Esto es, señores, el sesgo de la información. 

Ahora bien, muchos me dirán que ofrezco una información sesgada en mi anterior artículo por decir que la huelga en términos generales ha sido un fracaso debido a las causas que comente. Como creo que no ofrecí una información completa para argumentar mi opinión, a continuación les dejo una serie de razones que me llevan a pensar, que efectivamente, la huelga ha sido un hecho inútil en sí mismo.

A la hora de analizar la huelga hay que hacerlo desde dos vertientes diferentes como argumenta el Abogado Javier Fonseca de "Grupo de Asesoría Jurídica". La primera de ellas ha de ser desde el sector secundario o industrial y la segunda desde el terciario o servicios.

La reforma laboral (I)

30 de Marzo de 2012. El día de hoy pasará a la historia como el primer día después de la huelga a Rajoy. Una huelga que no ha tenido ni de lejos el seguimiento que indican los Sindicatos, y ni mucho menos lo esperado. Y como diría Mourinho en el fútbol...¿Por qué?

No es cuestión baladí tratar el tema sindical en España. Pero la razón es evidente y obvia, por lo que esta huelga ha fracasado:
  • En España históricamente no se ha considerado al autónomo, que gestionan las PYMES que tanto trabajo han dado.
  • En España, la clase sindical ha desvelado sus cartas. Tras 8 años de gobierno socialista, 3 de ellos en una crisis profunda no se han movido un ápice por defender los derechos de los trabajadores. Ahora con la llegada de la Derecha al poder, no han respetado ni la cortesía de los 100 días de gobierno.

jueves, 22 de marzo de 2012

Componentes de la inversión.

En nuestro anterior artículo hablábamos de la Prima de Riesgo, pero considero que debemos tocar un tema fundamental para acabar de comprender el concepto que planteábamos. Como bien apuntaba en nuestro blog un comentario anónimo (aunque se quién es la persona que lo efectuó)  el inversor no se fundamenta en una única vertiente sino que tiene 3 partes tanto complementarias como fundamentales.

Estas son: riesgo, liquidez y rentabilidad. 

Un activo de inversión (véase cuenta remunerada, bonos, plazos fijos, o formas más complejas de invertir como puede ser Warrants, Swaps o mercados regulados) contiene un porcentaje de cada uno de los tres elementos planteados, por lo que el inversor no tendrá que apostar por uno o por otro, sino tratar de buscar un equilibrio entre los tres para darle la satisfacción que busque, según sus preferencias.

El Riesgo.

jueves, 15 de marzo de 2012

La prima de Riesgo

La prima de riesgo sube. La prima de riesgo baja. La prima de riesgo está en niveles que comprometen la solvencia del País. La prima de riesgo... ¿Cuántas veces han oído estas frases en los últimos tiempos en la prensa? Desde que comenzó la crisis, en Europa uno de los conceptos clave para baremar la situación de un país en el aspecto financiero ha sido la prima de Riesgo. Ahora bien...¿Saben ustedes qué es?

País referencia.

Partamos del principio de los principios. Dentro de la Unión Europea, Alemania es el principal país en cuanto al aspecto económico que se refiere y gira toda ella en torno a este país.

miércoles, 14 de marzo de 2012

Economía Fácil

Bienvenidos a este portal web donde os facilitaremos información fácil sobre economía. ¿Harto de portales especializados con lenguajes imposibles de descifrar? ¡Ven a este portal donde te informaremos de toda la actualidad económica en lenguaje de andar por casa.

Glosario: #

- # -






Glosario: Z

-Z-




Glosario: Y

-Y-


Glosario: X

-X-




Glosario: W

-W-




Glosario: V

-V-


Glosario: U

-U-
Unidades de Gestión de Grandes Empresas 

Delegación especial similar a la de Grandes Contribuyentes, destinada a la gestión de los impuestos o tributos y procedimientos de carácter tributario de las empresas que se encuentren en la categoría GRAN EMPRESA, es decir, con un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 Euros.


Glosario: T

-T-


Tasa

Trabajador por cuenta ajena

Trabajador por cuenta propia (autónomo)


Tributación

Tributo

Glosario: S

-S-


Sector


Seguridad jurídica


Sindicato


Sujeto pasivo

El obligado tributario que, según la Ley, debe cumplir la obligación tributaria principal, así como las obligaciones formales inherentes a la misma, sea como contribuyente o como sustituto del mismo.

Superavit


Glosario: R

-R-


Red de Servicios del Punto Neutro del Consejo General del Poder Judicial

Es una red que ofrece a los Órganos judiciales los datos necesarios para la tramitación judicial mediante accesos directos a aplicaciones y bases de datos del propio Consejo, de organismos de la Administración General del Estado y otras instituciones. Asimismo, esta red facilita el intercambio de datos entre órganos judiciales o con terceros, posibilitando que el Consejo General el Poder Judicial actúe como una autoridad de sellado de tiempo.

Rendimiento íntegro

Rendimiento neto

Rentabilidad

Riesgo

Riesgo país

Glosario: O

-O-



Glosario: Q

-Q-




Glosario: P

-P-


Patronal

PIB

Prima de riesgo

Glosario: Ñ

-Ñ-



Glosario: N

-N-



Glosario: M

-M-

Macro-economía

Mercado laboral

Micro-economía

Glosario: L

-L-

Liquidez

Glosario: K

-K-



Glosario: J

-J-




Glosario: I

-I-


Igualdad

Impuesto

Indemnización

Indulto

Inversión

IPC

Glosario: H

-H-

Hecho imponible

Presupuesto de naturaleza jurídica o económica fijado por la ley configuradora de cada tributo, cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria. Acción o situación por, o, en la que se produce la obligación de tributar.

Huelga

Glosario: G

-G-

Gravamen

Glosario: F

Factura

Flujo circular de la renta

Funcionario

Glosario: E

-E-

Economía



Escrito procesal

Documento por el cual se inicia un proceso judicial.


Estatuto de los Trabajadores


Glosario: D

Deducción fiscal

Técnica de desgravación de la cuota íntegra, determinante de la cuota líquida como contribución en concepto de tributo, con la finalidad de acomodar, cada caso concreto, la contribución al sostenimiento de los gastos públicos, ya sea por circunstancias subjetivas del contribuyente, o por el compromiso del contribuyente en la realización de actividades establecidas por el legislador en pro del cumplimiento de fines constitucionales en los ámbitos de la economía, de lo social o del medio ambiente.

Déficit público

Se da cuando los gastos de las administraciones públicas de un país superan a los ingresos de las mismas, dando un saldo presupuestario negativo.

Delegación Central de Grandes Contribuyentes

Esta delegación nace en cumplimiento del Plan de Prevención del Fraude Fiscal 2005 elaborado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que incluía, entre sus medidas organizativas y de coordinación interna e integración funcional, la creación de una Delegación Central que permitiera el control coordinado de los grandes contribuyentes.

Según el artículo Tercero de la Resolución de 26 de diciembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura orgánica de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.

1. La Delegación Central de Grandes Contribuyentes ejercerá sus funciones y competencias respecto a:

  • Las personas jurídicas y entidades cuyo volumen de operaciones a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, del Impuesto General Indirecto Canario o del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en las Ciudades de Ceuta y Melilla haya superado los cien millones de euros durante cada uno de los tres ejercicios anteriores a aquel en el que se produce la adscripción. En los supuestos de transmisión de la totalidad o parte de un patrimonio empresarial o profesional, se considerará por el adquirente como volumen de operaciones del ejercicio en el que se produce la transmisión, el resultado de añadir al realizado, en su caso, por éste durante el ejercicio en el que se produzca la transmisión, el volumen de operaciones realizado durante el mismo período por el transmitente con relación a la parte de su patrimonio transmitida.
  •  Las personas jurídicas y entidades cuyo volumen de información suministrado a la Administración Tributaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93.1.a de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, haya superado los diez mil registros durante cada uno de los tres ejercicios anteriores a aquel en el que se produce la adscripción y cuyo ámbito de actuación exceda del de una Comunidad Autónoma o Ciudad con Estatuto de Autonomía. La adscripción cesará el ejercicio siguiente a aquel en el que el volumen de información suministrado sea inferior al indicado, salvo que concurra alguna de las circunstancias previstas en el número 2 de este apartado que justifique la necesidad de que se mantenga la adscripción.
  •  Las obligaciones tributarias derivadas de los hechos imponibles que correspondan a personas físicas o jurídicas no residentes y sin establecimiento permanente en España cuando, en relación con dichos hechos imponibles, el representante, el depositario o gestor de los bienes o derechos, el pagador o retenedor de las rentas del no residente sea un obligado tributario adscrito a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.
2. La Delegación Central de Grandes Contribuyentes podrá ejercer también sus funciones y competencias respecto a los obligados tributarios en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Personas físicas cuya renta, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al último periodo impositivo cuyo plazo de presentación de declaración hubiese finalizado, supere el millón de euros o que el valor de sus bienes y derechos, incluidos los exentos, a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio supere los 10 millones de euros.

b) Que ejerzan sus actividades en todo o gran parte del territorio nacional.

c) Que presenten una posición destacada en un sector económico determinado.

d) Que tributen en régimen de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades o por el régimen especial del grupo de entidades del Impuesto sobre el Valor Añadido, en cuyo caso podrán adscribirse todas o parte de las empresas del grupo.

e) Que las operaciones que realicen revistan especial importancia o complejidad en el ámbito nacional.

f) Que se encuentren relacionados con otros obligados tributarios ya adscritos a la Delegación Central.

g) Que se encuentren integrados en los supuestos previstos en el artículo 41 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.

h) Que se trate de entidades aseguradoras en liquidación cuando esta función sea asumida por el Consorcio de Compensación de Seguros.

i) Que presenten indicios de la realización de fraudes en los que, por su especial gravedad, complejidad o características de implantación territorial, resulte conveniente la investigación de forma centralizada.

j) Que presenten una especial complejidad en cuanto a su gestión recaudatoria o indicios de posibles conductas fraudulentas de especial relevancia en este ámbito, con atención particular a la utilización de sociedades interpuestas y negocios simulados.

k) Cuando, por razones de eficacia, se considere necesaria la continuación de las actuaciones tributarias por la Delegación Central.


Demanda agregada 



Despido Colectivo



Despido improcedente 



Devengo

Glosario: C

Ciclo Económico

El nivel de renta y la producción de un país se miden a través del PIB. Cuando se observa la evolución en el tiempo de este en un país se pueden distinguir dos tipos de movimientos. La expresión ciclo económico se refiere a las fluctuaciones recurrentes de la renta en torno a su tendencia a largo plazo.

Contrato de Trabajo

Documento en el que se materializa la regulación del trabajo por cuenta ajena, mediante clausulas y determinación de las características principales del puesto de trabajo.

Convenio Colectivo

Acuerdo escrito en el que se regulan las condiciones de trabajo y productivad en un ámbito determinado. Es negociado por una parte, el empresario, grupo de ellos, organizaciones empresariales, y por la otra parte, una organización representativas de los intereses de los trabajadores, que podrán ser sindicales o unitarias.

Cotización Social

Cantidad que los trabajadores y la empresa deben aportar a la Seguridad Social como contrapartida a los servicios que les prestan.

Cuota Íntegra

Cantidad que resulta de aplicar los tipos de gravamen a la base imponible.

Cuota Líquida
 
Resultado que se obtiene aplicando a la cuota íntegra las deducciones, bonificaciones, adiciones o coeficientes previstos, en la ley de cada tributo.

Glosario: B

Bonificación Fiscal

Tratamiento especial o preferente concedido por la Administración Pública a determinadas rentas, sociedades, o personas con algún fin concreto.

Glosario: A

 Acto Jurídico

Es un hecho, humano, voluntario y lícito, que tiene por objeto establecer relaciones jurídicas entre las personas, o bien, crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones que atañen a las mismas.

Administración Pública

Conjunto de organizaciones públicas que realizan la función administrativa y de gestión del Estado y de otros entes públicos con personalidad jurídica, ya sean de ámbito regional o local. Según la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento administrativo común, artículo 2.

1. Se entiende a efectos de esta Ley por Administración Públicas:

A) La Administración General del Estado.

B) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas.

C) Las Entidades que integran la Administración Local.

2. Las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas tendrán asimismo la consideración de Administración Pública. Estas Entidades sujetarán su actividad a la presente Ley cuando ejerzan potestades administrativas, sometiéndose en el resto de su actividad a lo que dispongan sus normas de creación.

Amnistía

Es el acto jurídico, normalmente emanado del poder legislativo, porque una pluralidad de individuos que habían sido declarados culpables de un delito pasan a considerarse inocentes por desaparición de la figura delictiva.

Análisis Técnico

Metodología de Estudio y predicción de sucesos a futuro en los mercados bursátiles. En el Análisis técnico se utiliza como herramientas los gráficos o charts y utilidades matemáticas para confirmar las tendencias predichas.

Autoliquidación

Procedimiento a través del cual es el sujeto pasivo el que calcula y determina la cuota tributaria en la declaración que corresponda, siendo el encargado de su presentación e ingreso si así correspondiera.