Ante las numerosas consultas que estamos recibiendo en nuestro blog sobre temas laborales, y debido a la situación que sufre España actualmente con un nivel alto de desempleo y despidos, vamos a proceder a desgranar la norma fundamental y más básica de protección al trabajador: el Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué es el Estatuto de los Trabajadores?
El Real Decreto Legislativo
1/1995 del 24 de Marzo estará vigente en su configuración actual hasta el próximo 1 de Enero de 2014. En esa fecha entrarán nuevos cambios que afectan a la protección de los trabajadores. La norma,
es la regulación más básica y de aplicación mínima para el colectivo trabajador por cuenta ajena con una serie de exclusiones que mencionaremos a posteriori.
Esto significa,
que como mínimo, salvo que su empresa se acoja a un Convenio Colectivo que ofrezca unas
protecciones mayores, los trabajadores por cuenta ajena de cualquier empresa han de tener las condiciones laborales que se establecen a lo largo de la norma, y
estas no pueden ser vulneradas.
La norma dispone de forma general una serie de conceptos fundamentales para establecer la relación laboral, y fija los mínimos para el desempeño del trabajo (
jornada, descansos, contratos y periodos de prueba, modificaciones y extinciones, suspensión y faltas y sanciones al trabajador). Además, establece los derechos de representación y negociación colectiva.
¿A quién afecta?
El
Estatuto de Trabajadores se aplicará a todo trabajador que preste sus servicios por cuenta ajena de forma retribuida, bajo la dirección de otra persona (física o jurídica) denominada empresario. Esta parrafada significa que todo trabajador que pertenezca a una empresa
y no quede excluido por el artículo 3º de la norma, se verá protegido por lo menos (si el convenio colectivo no establece otra protección) por esta normativa.