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jueves, 2 de noviembre de 2017

Día "Sin IVA"

En el artículo de hoy, vamos a publicar unas breves notas sobre un tema muy socorrido en el mundo de la publicidad y el marketing.


Se acercan las fechas navideñas, y con ellas, las campañas de publicidad masiva. En el día de hoy, navegando un poco por Internet, he llegado a una empresa que utilizaba una técnica de mercadotecnia muy socorrida en el Siglo XXI: "Día sin IVA"

Pero en vistas a este medio, ¿es correcto utilizar el reclamo del "Día sin IVA."?
  1. El Impuesto sobre el Valor Añadido o más comúmnente conocido como IVA es un impuesto que grava el Valor Añadido sobre los bienes de consumo, es decir, sobre lo que tú o yo, como consumidores compramos.
  2. Es un impuesto regido a través de la Ley del IVA 37/1992, en la cual se fijan las exenciones que se han de llevar a cabo.
Por tanto, desde nuestro punto de vista, un comercio, manifiestamente no puede afirmar que ha llegado el Día sin IVA porque a efectos legales no puede no cobrar el IVA a sus clientes.