miércoles, 31 de julio de 2013

En detalle: La reforma de las pensiones (II)

Hace unos meses se publicaron una serie de normativas por las que se reformaba la vida laboral de la ciudadanía española. En este artículo vamos a intentar explicar algunas de las medidas más importantes a petición de la directora de La Brecha Digital. La primera entrega la podéis disfrutar aquí.

 LO QUE TENEMOS (Continuación).

¿Cómo se recibe la prestación? La cuenta es fácil: en 14 pagas. 12 se reciben de forma mensual, y 2 extras en Junio y Noviembre. El importe de todas las mensualidades es el mismo y además se somete al régimen de IRPF, por lo que si tenemos algún tipo de renta vitalicia, renta mensual o similar, nuestros cobros se pueden ver afectados por el fisco.

Además, se garantizan una serie de cuantías mínimas (2013) que son las siguientes: (más conocidas como la pensión mínima)

- Estándar (65 años)


Se perciben como mínimo 778,90 euros si se tiene un cónyuge a cargo, o 631,30 si se conforma una unidad familiar unipersonal. Si se tiene un cónyuge NO a cargo, se recibirán 598,80 euros. Todas estas cuantías de forma mensual (14 mensualidades).

- Jubilación anterior a los 65 años

Las percepciones se ven reducidas a 730, 590.50 y 558 euros respectivamente.

- Jubilación con 65 años procedente de gran invalidez

Las cuantías aumentan a los 1168.40, 947 y 898.20 euros respectivamente.

- Viudedad

Si se tienen cargas familiares se reciben 730 euros al mes. Entre 60 y 64 años se perciben 590.50 y si se es menor a esa edad, 477.90 euros.
 
LO QUE ESTÁ POR VENIR (Rumores, rumores...)

Todavía no queda muy claro lo que está por venir en tanto en cuanto a la reforma de las pensiones, pero estas son las principales proposiciones que se pueden leer por la red, en tanto a lo que puede venirnos encima:
  • Aceleración del retraso de la edad de jubilación. Actualmente está previsto para varios años vista como se ha mostrado en estos dos artículos. Puede ser posible que se acelere.
  • Aceleración del aumento del periodo mínimo de cotización y de los años a considerarse.
  • Ajuste de las pensiones en función de la esperanza de vida. 
  • Eliminación de las referencias al IPC para actualizar las pensiones, pasando a considerar más factores a la hora de determinar este cálculo. 
  • Inclusión de mecanismos como el Factor de Revalorización anual, considerando la relación de cotizantes y pensionistas.
LO QUE DEBERÍA VENIR

La situación de las pensiones es muy complicada. En un país como España, donde la pirámide poblacional es notablemente más ancha en su parte superior cada año que transcurre, el déficit del sistema de pensiones es notable y necesita una reforma profunda. O de lo contrario, se agotará.

El modelo actual, es un modelo heredado de antaño, donde la población joven superaba con creces a la población inactiva, y donde el sistema era sostenible. Pero con el frenado en seco de la natalidad, y la consecuente crisis para las arcas de los sistemas de previsión social para los jubilados, la situación ha cambiado.

Como primera medida, se debe realizar una reforma profunda en los sistemas de pensiones. Si bien sería factible recortar las mismas, creo que se debería optar por prestar servicios económicos a los jubilados, que ahorraran dinero a las arcas del Estado, ya que el coste de vida para ellos sería menor y por tanto se podría optar por tocar la remuneración percibida.

Como segunda medida, el modelo ha de dejar de ser totalmente público. Ha de encaminarse a la población hacia un modelo mixto de pensiones obligatorio. Esto es, el Estado paga una parte de la pensión y el sistema financiero la otra. ¿Por qué el Estado no puede imponer el lanzamiento de un producto, donde el ciudadano tuviera que derivar una parte del dinero que abona a la Seguridad Social o Hacienda, a este sistema mixto, de tal forma que a la larga le repercutiera un beneficio?

Evidentemente, las empresas tendrían que contribuir de igual manera, derivando un porcentaje de ese dinero que tienen que abonar mensualmente a este sistema mixto. Pongamos por ejemplo, que tuviera que ser la fórmula 3,5-1,5. Un 3,5% de la nómina ingresarlo la empresa (A cuenta de las cotizaciones a la SS) y un 1,5 el trabajador. Esto supondría un coste únicamente para el estado hoy. Pero un ahorro mañana. Porque ni empresa ni trabajador vería afectado su sueldo.

Y que el Estado aportara algún tipo de cuantía. Si el Estado aporta hoy 10 euros, el día de mañana ese dinero se habrá multiplicado de tal forma que, supondrá un ahorro futuro.

Si no se establece este método mixto, se debería beneficiar de alguna forma a aquellas personas que contraten algún producto accesorio, puesto que a futuro las personas con algún tipo de cobertura accesoria, tendrán garantizada una jubilación más tranquila. Y el Estado tendrá que hacer "menos función social". Se trata de incentivar el modelo mixto sin obligar a ello.
 
Además, el gobierno debería reformar el sistema de tributación por IRPF, para no penalizar los sistemas mixtos de pensiones. En la actualidad, como los planes de pensiones se consideran por la vía del IRPF (atención, es preferible contratar una renta de ahorro o una cuenta ahorro en lugar de un plan de pensiones. Evitar si es posible), el IRPF a cuenta del jubilado se ve fuertemente penalizado si tiene algún producto contratado ya que la pensión suma a la base del IRPF.

Como medida accesoria, se debe reformar la tributación de estos planes. Ahora se sigue el método de "No pagas hoy, pero lo pagarás mañana" en cuanto a los impuestos que generan. Se han de simplificar las tributaciones y acogerlas a un régimen especial.
 
También, se debería valorar el aumentar las trabas a la jubilación anticipada. Los casos en los que la jubilación anticipada sea incentivada por un ERE, tienen que regularse todavía más, penalizando fuertemente a las entidades que se acojan a las medidas estas. Además, si un trabajador se jubila anticipadamente de forma no forzosa, debe ver repercutido un coste muy fuerte hacia su pensión. Actualmente los tiempos de percepción de prestaciones son suficientemente largos, como para fomentar la percepción de más.

Y para finalizar, se debe vincular la percepción de las mismas a la situación financiera de las personas. No es normal ver pensionistas que perciben cuantías máximas, cuyo patrimonio financiero es muchísimo mayor que el de personas que reciben la mínima. Se ha de introducir un factor de corrección vinculado a la renta.

Por otro lado estaría el caso de los autónomos, cuyas primeras medidas comienzan a surtir efecto. Pero se debería garantizar una protección a futuro real, modificando las percepciones para fomentar que más personas se acojan al RETA.

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