tag:blogger.com,1999:blog-3226545871017924699.post6764368625611822964..comments2018-03-14T18:35:59.788+01:00Comments on Económicamente Incorrecto.com: Tus impuestos: Campaña de la Renta 2014 (I)Barretehttp://www.blogger.com/profile/14436330033279155554noreply@blogger.comBlogger3125tag:blogger.com,1999:blog-3226545871017924699.post-82443493433794064362015-04-15T00:04:15.081+02:002015-04-15T00:04:15.081+02:00Estimado Javier,
Según una consulta realizada al ...Estimado Javier,<br /><br />Según una consulta realizada al SEPE-INEM, (Cito textualmente de la web Citapreviainem.es):<br /><br />"Se consideran rentas las becas o ayudas para cursar estudios, prácticas profesionales o investigación. No se consideran rentas, ni del solicitante o beneficiario del subsidio, ni de los miembros de su unidad familiar, las becas o ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento o manutención, que se obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional previstas en el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional u otras subvencionadas con fondos del Servicio Público de Empleo Estatal".<br /><br />Por tanto entiendo que en función de esta consulta del SEPE, tu beca no tiene la consideración de Renta, y por tanto no debes declararla. <br /><br />Muchas gracias por leernos,<br /><br />Atentamente,Barretehttps://www.blogger.com/profile/14436330033279155554noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3226545871017924699.post-26056851012783251512015-04-14T23:43:35.282+02:002015-04-14T23:43:35.282+02:00Estimado Raúl,
Si el ordenador se va a destinar a...Estimado Raúl,<br /><br />Si el ordenador se va a destinar a la actividad para la que estás dado de alta como autónomo, entiendo que no debe haber mucho problema en que te deduzcas del impuesto del IVA lo correspondiente a dicha compra.<br /><br />La normativa indica que las deducciones de IVA deben ser sobre aquellos productos destinados para la actividad económica realizada como autónomo, convenientemente justificado por medio de factura válida, y registrado contablemente. <br /><br />Te dejo un artículo que puede apoyarte: <br /><br />http://www.finanzzas.com/soy-autonomo-que-gastos-me-puedo-desgravar-en-el-iva<br /><br />Según el portal infoautónomos, (http://www.infoautonomos.com/informacion-al-dia/fiscalidad/iva-deducible/) el IVA se ha de deducir antes de que pasen 4 años desde la emisión de la factura o se pierde derecho a ella. Entiendo que además, te lo tienes que deducir en la autoliquidación del periodo que corresponda o sucesivos siempre que no se cumplan los 4 años, y siempre que se cumplan los requisitos. <br /><br />Muchas gracias por leernos,<br /><br />AtentamenteBarretehttps://www.blogger.com/profile/14436330033279155554noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-3226545871017924699.post-2889950637677760232015-04-13T11:51:09.364+02:002015-04-13T11:51:09.364+02:00Hola expertos:
llevo mas de un año en paro y he c...Hola expertos:<br /><br />llevo mas de un año en paro y he cobrado una beca de trasnporte de un curso ocupacional del SEPE, debo declarar esa beca? y en caso afirmativo, donde debo declararla?Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/00788690920950426162noreply@blogger.com